¿Cómo puede un titular de licencia participar en una rifa de armas de fuego por una organización sin licencia?

La participación del titular de licencia puede variar dependiendo de la forma en que la organización organice la transferencia de las armas de fuego al ganador de la rifa.

Ejemplo 1

Un titular de licencia transfiere un arma de fuego a la organización que patrocina la rifa. El representante que actúe en nombre de la organización debe completar el Formulario 4473 de la ATF y someterse a una verificación de antecedentes del NICS.

Cuando el comprador de un arma de fuego sea una empresa privada, asociación u otra organización, un funcionario u otro representante autorizado para actuar en nombre de la organización deberá completar el formulario con sus datos personales y adjuntar una declaración por escrito, ejecutada bajo pena de perjurio, en la que se declare que el arma de fuego se adquiere para uso de la organización, y el nombre y la dirección de esta.

Una vez que el arma de fuego haya sido transferida a la organización, esta podrá posteriormente transferirla al ganador de la rifa sin necesidad de rellenar un Formulario 4473 de la ATF o de realizar un control del NICS. Esto se debe a que la organización no es un titular de licencia.

Sin embargo, la organización no puede transferir el arma de fuego a una persona que no sea residente del estado de residencia de la organización, ni puede transferir el arma de fuego a una persona, con conocimiento de que esta sea persona prohibida.

Ejemplo 2

El titular de licencia o un representante de este último trae un arma de fuego a la rifa para que el arma de fuego pueda ser exhibida. Después de la rifa, el arma de fuego es devuelta a los recintos del titular de licencia. El titular de licencia debe completar un Formulario 4473 de la ATF y realizar una verificación de antecedentes del NICS antes de transferir el arma de fuego al ganador de la rifa.

Si el arma de fuego es un arma corta, el ganador de la rifa debe ser residente del estado donde se realiza la transferencia, o el arma de fuego debe ser transferida a través de otro titular de licencia en el estado de residencia del ganador.

Si el arma de fuego es un rifle o una escopeta, el titular de licencia puede transferir legalmente el arma de fuego al ganador de la rifa siempre que la transacción sea de venta libre y cumpla con las leyes aplicables en el lugar de venta y el estado donde reside el cesionario.

Ejemplo 3

Si la rifa cumple con la definición de un evento que califica, el titular de licencia puede realizar negocios en ese evento.

Tenga en cuenta que si la práctica de la organización de rifar armas de fuego se eleva al nivel de dedicarse al negocio del comercio de armas de fuego, la organización debe obtener su propia licencia federal de armas de fuego.

[18 U.S.C. 922(a)(5), 922(b)(3), 922(t), y 923(j); 27 CFR 478.99, 478.100, 478.102, y 478.124]

Esta página fue revisada: Mayo 22, 2020