¿Puede un arma de fuego, que fue importada temporalmente a los Estados Unidos, permanecer en el país?

Un extranjero que importa temporalmente un arma de fuego a los Estados Unidos debe llevarse el arma con él al finalizar su visita.

[27 CFR 478.115(d)(1) (en inglés)]

Esta página fue revisada: Diciembre 3, 2019