¿Quién puede calificar como funcionario certificante de un Formulario 1 o Formulario 4 de la ATF para la fabricación o transferencia de un arma de fuego definida en la NFA?

Según lo dispuesto en las regulaciones, se aceptan las certificaciones expedidas por el jefe de policía local, el alguacil del condado, el jefe la policía estatal, o el fiscal o procurador del distrito estatal o local. Las regulaciones también disponen que las certificaciones expedidas por otros oficiales son apropiadas si el Director las encuentra aceptables en casos particulares. Algunos ejemplos de otros funcionarios que han sido aceptados en situaciones específicas son fiscales generales del estado y jueces de cortes estatales que tienen autoridad de llevar adelante juicios por jurado en casos de delitos graves.

A partir del 13 de julio de 2016, la regla definitiva “Ametralladoras, dispositivos destructivos y otras armas de fuego determinadas; verificación de antecedentes de personas responsables de un fideicomiso o entidad legal con respecto a la fabricación o transferencia de armas de fuego” (en inglés) enmienda las regulaciones y elimina el requisito de contar con una certificación firmada por un funcionario en jefe de la fuerza policial (CLEO, por sus siglas en inglés) y, en su lugar, agrega el requisito de notificación del CLEO.

Antes de presentar el Formulario 1 de la ATF o el Formulario 4 de la ATF al Director, todos los solicitantes, cesionarios o personas responsables deben entregar una copia completa del Formulario 1 de la ATF o del Formulario 4 de la ATF, o una copia completa del Formulario 5320.23, respectivamente, al funcionario en jefe de la fuerza policial de la localidad en la que se encuentre el solicitante, cesionario o la persona responsable. El jefe policial de área es el jefe de policía local, el alguacil del condado, el jefe de la policía estatal o el fiscal o procurador del distrito estatal o local.

Si el solicitante o cesionario no es un fabricante, importador o distribuidor con licencia habilitado según esta parte y en cambio es una sociedad, compañía, asociación o empresa privada, para los propósitos de esta sección, se considera que su ubicación es su oficina principal o establecimiento comercial principal. Si el solicitante o cesionario no es un fabricante, importador o distribuidor con licencia habilitado según esta parte sino que es un fideicomiso, para los propósitos de esta sección, se considera que su ubicación es la ubicación principal en la que conservará el arma de fuego.

Esta página fue revisada: Noviembre 13, 2020