¿Los titulares de licencia deben registrar el alquiler de un arma de fuego en el registro de adquisición y disposición (A&D)?

Sí, si el arma de fuego se saca del recinto del titular de licencia. Sin embargo, no es obligatorio anotar la disposición para el préstamo o el alquiler de un arma de fuego para ser usado solo en el recinto del titular de licencia.

Esta página fue revisada: Julio 15, 2020