Mi edificio de oficinas donde trabajan mis empleados durante el día para mi negocio de explosivos está ubicado en el área de mi polvorín de explosivos. ¿Se deben aplicar las regulaciones y tabla de distancias como "edificio habitado" a esto?

No. Un edificio de oficinas o taller de reparaciones que sea parte del establecimiento de un comercio de explosivos y que se utilice en conexión con la fabricación, el transporte, el almacenamiento o el uso de materiales explosivos no son considerados como un “edificio habitado”. [27 CFR 555.11: definición de “edificio habitado”, 555.218]
Esta página fue revisada: Octubre 4, 2018